La decisión de modificar la custodia de sus hijos es, sin duda, una de las más trascendentales que enfrentará en su vida. Y, lógicamente, cuando se plantea la posibilidad de renunciar a la guarda y custodia diaria, surge inmediatamente una preocupación legítima: ¿significa esto cortar el vínculo y perder el derecho a verlos? Este es un malentendido legal muy frecuente del que queremos hablar en este nuevo artículo de AVC Abogados, su despacho de abogados en Vigo especializado en derecho de familia.
La diferencia clave: custodia frente a Patria Potestad
En España, el derecho de familia establece una distinción fundamental que es importante comprender. Es esencial diferenciar entre la guarda y custodia y la patria potestad:
- La guarda y custodia se refiere a la convivencia y al cuidado diario, es decir, con quién vive el menor.
- La patria potestad, en cambio, implica la responsabilidad de tomar las decisiones relevantes sobre su salud, educación, cambios de domicilio o patrimonio.
Lo habitual es que, aunque ceda la custodia al otro progenitor, mantenga la patria potestad de forma compartida. Es decir, renunciar a la custodia supone dejar de convivir con ellos y perder el cuidado cotidiano, pero mantiene su responsabilidad legal en las decisiones vitales.
Renunciar a la custodia no elimina el vínculo de visitas
Una de las mayores preocupaciones del progenitor no custodio es si podrá seguir viendo a sus hijos. La respuesta es clara: el régimen de visitas no es, en principio, irrenunciable, porque se entiende como un derecho–deber fundamental que protege la relación del menor con ambos padres.
Ceder la custodia simplemente significa que el otro progenitor asume el cuidado diario, pero lo normal es que se mantenga un régimen de comunicaciones, visitas y estancias para proteger el vínculo. Tenga en cuenta que un juez solo limitará o suspenderá este régimen en casos de riesgo grave para el menor o circunstancias verdaderamente excepcionales.
Obligaciones y proceso: la ley protege al menor
Es crucial comprender, por otro lado, que la renuncia a la guarda y custodia debe formalizarse siempre ante un juez, nunca mediante acuerdos privados entre las partes. Solo se aprobará si el tribunal considera que la medida beneficia el interés superior del menor.
Además, esta cesión no extingue su obligación de pagar la pensión de alimentos, que igualmente es una obligación económica que solo puede ser modificada o extinguida por resolución judicial en supuestos concretos.
Consulte con nuestros abogados de familia en Vigo
La renuncia o modificación de la custodia es un acto con implicaciones legales y emocionales profundas, así que, dada la complejidad y las consecuencias, la prudencia exige contar con el asesoramiento de un abogado de familia. Contacte con nosotros, y nuestro equipo de abogados en Vigo se ocupará de darle las mejores recomendaciones y, en última instancia, tomar las medidas adecuadas para la renuncia de la custodia.