En AVC Abogados sabemos que el proceso de divorcio o separación conlleva no solo aspectos emocionales, sino también importantes decisiones patrimoniales. Una de las más relevantes es la liquidación del régimen económico matrimonial, un paso crucial para disolver la copropiedad de los bienes adquiridos durante el matrimonio y distribuirlos equitativamente.
¿Qué implica la liquidación del régimen?
La liquidación es el procedimiento legal mediante el cual se determina el patrimonio final de cada cónyuge, poniendo fin al régimen económico (gananciales, separación de bienes o participación) que rigió el matrimonio. En esencia, se trata de inventariar, valorar y adjudicar los activos y pasivos.
Es fundamental realizar este paso con el debido asesoramiento legal para garantizar que sus derechos patrimoniales queden salvaguardados y que la distribución sea justa y conforme a la ley.
El régimen de gananciales: el caso más común
Cuando el matrimonio se rige por la sociedad de gananciales, la liquidación implica distinguir entre los bienes privativos (los que tenía cada uno antes del matrimonio o los recibidos por herencia/donación) y los bienes gananciales (los adquiridos por ambos durante el matrimonio). El procedimiento consta de tres fases:
-
Inventario. Se listan todos los activos (bienes, cuentas, inversiones) y pasivos (deudas, hipotecas) comunes.
-
Valoración. Se asigna un valor actual de mercado a cada bien.
-
Adjudicación. Una vez restadas las deudas, el patrimonio ganancial restante se divide por mitad, adjudicando a cada cónyuge su correspondiente lote de bienes.
¿Y en el régimen de separación de bienes?
Si optó por el régimen de separación de bienes, la liquidación suele ser más sencilla, ya que no existe un patrimonio común a dividir. Cada cónyuge es propietario de los bienes que adquirió a su nombre. No obstante, pueden surgir conflictos en relación con bienes adquiridos conjuntamente, o en aquellos casos donde uno de los cónyuges ha contribuido al patrimonio del otro (por ejemplo, mediante trabajo doméstico o aportaciones económicas). En estas situaciones, es posible reclamar una compensación económica para reequilibrar la situación, lo cual también requiere de la intervención de expertos.
¿Cuándo y cómo se puede liquidar?
La liquidación se puede llevar a cabo de dos maneras:
-
De mutuo acuerdo. Es la vía más rápida y menos costosa. Los cónyuges, asistidos por sus abogados, pactan los términos del inventario, valoración y reparto.
-
Por vía contenciosa. Si no hay acuerdo, se debe iniciar un procedimiento judicial específico de liquidación. En este caso, será el Juez quien, a la vista de las pruebas y las propuestas de las partes, decida cómo se debe realizar el inventario y la adjudicación, lo que alarga significativamente el proceso.
Contacte con nuestros abogados de familia
En AVC Abogados le asistiremos en cada etapa de la liquidación, desde la identificación de bienes privativos y gananciales, hasta la negociación o la defensa de sus intereses en sede judicial. Póngase en manos de nuestros abogados de familia en Vigo, Santiago, Vilagarcía u Ourense y concierte una consulta previa para que estudiemos su situación particular.