La Ley de la Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, de 28 de julio) se ha consolidado como un mecanismo jurídico esencial para la reestructuración de deudas de particulares y autónomos en España. Su objetivo primordial es permitir a los deudores insolventes alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos (AEP) o, en su defecto, obtener la exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI), brindándoles una segunda oportunidad para reiniciar su actividad económica.
En AVC Abogados contamos con abogados especializados en esta ley. Siga leyendo este nuevo post que le traemos desde nuestro bufete en Vigo y conozca todo lo que precisa saber al respecto.
Requisitos y procedimiento
Para poder acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, el deudor debe cumplir una serie de obligaciones:
- Insolvencia. El deudor ha de encontrarse en situación de insolvencia actual o inminente.
- Buena fe. Se exige que el deudor haya actuado de buena fe. Esto implica, entre otros aspectos, no haber ocultado bienes o ingresos.
- Ausencia de delitos económicos. El deudor no debe haber sido condenado por delitos contra el patrimonio, orden socioeconómico, falsedad documental o contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social en los últimos diez años.
Históricamente, el Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP) era un requisito previo obligatorio para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. Esto significaba que el deudor debía intentar alcanzar un acuerdo con sus acreedores antes de poder solicitar la exoneración de sus deudas.
Sin embargo, las recientes reformas de la Ley de la Segunda Oportunidad han modificado esta condición. Ahora, el AEP ya no es un paso obligatorio, lo que agiliza el proceso para los deudores. A pesar de lo dicho, sigue siendo una herramienta útil para intentar alcanzar un acuerdo con los acreedores y evitar el concurso.
Factores clave para emprendedores
Para los emprendedores, la Ley de la Segunda Oportunidad presenta particularidades relevantes:
- Deudas empresariales. La ley permite incluir deudas derivadas de la actividad empresarial, un aspecto fundamental para autónomos y pequeños empresarios.
- Conservación de la actividad. En algunos casos, es posible mantener la actividad empresarial durante el proceso, siempre que se garantice el cumplimiento del AEP o se justifique la necesidad de la actividad para generar ingresos.
- Exoneración de deudas con la administración pública. Se permite la exoneración de hasta 10.000€ de deuda con hacienda y otros 10.000€ con la Seguridad Social.
Consideraciones adicionales a tener en cuenta
Debemos destacar que la Ley de la Segunda Oportunidad no implica la exoneración automática de todas las deudas. Existen excepciones, como las deudas por alimentos o las derivadas de responsabilidad civil extracontractual. Además, la concesión del BEPI puede estar sujeta a un plan de pagos en determinados supuestos.
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