Cuando una persona fallece sin haber otorgado testamento, se produce lo que se conoce como sucesión intestada. En estos casos, que generan mucha confusión entre los familiares, es la ley la que determina quiénes son los herederos, en qué orden deben suceder y cómo se reparte el patrimonio. ¿Es un tema que le plantea dudas? Entonces siga leyendo porque desde AVC Abogados, como despacho de abogados especializados en herencias en Vigo, le explicamos cómo funciona este proceso y qué pasos debe seguir si se encuentra ante esta situación.
¿Quién hereda si no hay testamento?
Realmente, la legislación española es la que establece un orden de prelación en función del parentesco con el fallecido, así que tampoco suelen existir muchas dudas al respecto. Si alguien fallece y no dejó hecho testamento, la cosa queda de la siguiente manera:
- Descendientes: Tienen prioridad. Si hay hijos, heredarán a partes iguales. Si alguno ha fallecido, sus hijos (los nietos del causante) heredarán por derecho de representación la parte correspondiente.
- Ascendientes: Si no hay hijos ni nietos, heredarán los padres a partes iguales. En caso de que uno haya fallecido, el otro recibirá toda la herencia. Si tampoco viven los padres, la herencia se reparte entre los abuelos, por línea paterna y materna.
- Cónyuge viudo: Si hay descendientes, tendrá derecho al usufructo del tercio de mejora. Si solo existen ascendientes, el usufructo será de la mitad. Y si no hay ni descendientes ni ascendientes, el cónyuge viudo heredará la totalidad.
- Parientes colaterales: Si no existen herederos anteriores, heredan los hermanos del fallecido. En ausencia de hermanos vivos, sus hijos (sobrinos del causante) heredan por representación. Si tampoco hay hermanos ni
- El Estado: Si no existe ningún familiar con derecho a heredar, será el Estado quien reciba la herencia.
¿Qué ocurre con las parejas de hecho?
En el derecho común español, las parejas de hecho no tienen derechos hereditarios en la sucesión intestada. Sin embargo, como curiosidad, sí que en algunas comunidades con derecho foral se contemplan excepciones. Y es por motivos como estos por los que siempre hay que contar con la mejor representación legal.
¿Qué trámites son necesarios ante una sucesión intestada?
Para poder repartir la herencia, es obligatorio realizar una Declaración de Herederos Abintestato. Este trámite se realiza ante notario si los herederos son descendientes, ascendientes o cónyuge. Si no lo son, se lleva a cabo ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente.
Sus abogados especializados en herencias en Vigo
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